viernes, 7 de noviembre de 2008

SESION JUEVES 6 NOVIEMBRE



En esta sesión estrenamos 32º de temperatura ambiente, sin embargo en el recinto de los ediles estaba fresquito…en “la sala de los comunes” disfrutamos de las porciones de esa frescura emanada del perímetro “real”.

Fue unánime, práctica, sencilla y rápida, el arribo de los concejales daban muestras de cordialidad y armonía, estaban verborrágicos entre sí como grandes amigos que se encuentran para hacer la tarea.


Reclamo al Intendente
Se aprobó un decreto que conmina al ejecutivo municipal en 15 días hábiles informe al concejo deliberante sobre lo solicitado el10 de abril en el decreto Nº 209 que se transcribe seguidamente.
DECRETO Nº 209/2008.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de abril de 2.008.

ART.1º) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria de Gobierno y por el Área que corresponda, informe sobre las empresas:
1.- Sin nombre aparente denominada por los vecinos como GALLINERO, ubicada sobre la calle Esperanza a la altura del 800.
2.-Sin nombre aparente denominada por los vecinos como SECADO DE SANGRE, ubicada sobre la calle Artigas a la altura del 800.
3.- Empresa fábrica de muebles y colchones, ubicada en Artigas 800.
4.- Distintos viveros de la zona dedicados al cultivo de flores y plantas.

Tomando en cuenta los siguientes aspectos:

· Estado de situación de las empresas ante el Departamento Ejecutivo Municipal, habilitación de las mismas y su correspondiente documentación.
· Situación de las mismas frente al dominio del inmueble que ocupan.
Tipos de actividades que tiene permitido desarrollar.

ART.2º) Realizar inspecciones organizadas en horarios y días diversos, con el objeto de constatar los indicadores que generan malestar en el vecindario (ruidos, humos, olores, polvos) y su incidencia en la paz y tranquilidad de los vecinos en horarios diversos, especialmente los sábados en algunos casos; y que se detallan en el Anexo Nº 1 que es parte integrativa del presente Decreto.

ART.3º) Realizar un relevamiento de los productos pesticidas utilizados por los viveros del lugar, en lo concerniente a marcas y formas de aplicación dando intervención a la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe.

ART.4º) Envíese, luego de las acciones desarrolladas, un informe pormenorizado a este Cuerpo Deliberativo, sobre resultados y medidas tomadas.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de abril de 2.008.

Vecinos Unidos Cancha de Remo
Se aprobó por unanimidad el siguiente radio de acción para la vecinal Vecinos Unidos Cancha de Remo; al oeste Ruta Provincial 22 S; al sur Pasaje Capuchino ambas veredas, calle Crespo vereda oeste y al norte el Arroyo Saladillo.

Frigorífico Integrado
Los ediles en forma unánime aprobaron solicitarle al ejecutivo que ordene controles en el Frigorífico Integrado (ex Litoral) para constatar si en el lugar se generan emanaciones de olores fuertes o nauseabundos que afecten a los vecinos, al tiempo que envíe informe al concejo sobre las actuaciones referidas.

Moratoria
Los concejales aprobaron este nuevo régimen que se transcribe seguidamente

ART.10) Establecese un Régimen Especial de Regularización y facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, régimen al que podrán acogerse todos los contribuyentes y responsables de dicho tributo, que adeudan hasta e! anticipo julio 2.008 y se encuentren vencidas y exigibles al 31 de agosto de 2.008, debiendo estar abonado al momento del acogimiento, los anticipos posteriores al período julio de 2.008 siempre que se encuentren vencidos y exigibles. Podrán acogerse también todos aquellos contribuyentes y responsables de la Tasa General de Inmuebles que hayan formalizado convenio de pago cuyas cuotas se encuentren impagas a la fecha de celebración de un nuevo acuerdo, estén o no vencidas y sean o no exigibles.
ART.20) Las deudas objeto del presente régimen de regularización estarán sujetas al siguiente tratamiento:
a) al capital de origen se le adicionarán los intereses de acuerdo a lo prescripto en lasdisposiciones establecidas en el Código Tributario Municipal Título 1 Capítulo XI y demásOrdenanza Vigentes.
b) al monto resultante se le aplicará una quita del 80 % para todas las deudas anteriores al 01 deenero de 2.003.
La deuda consolidada podrá abonarse:
1) Pago contado con el 20 % de descuento.
2) Pago en cuotas hasta en 48 cuotas ¡guales mensuales y consecutivas, con un interés nominalanual del 12 %, no pudiendo ser el importe de cada cuota inferior a $ 25.- (Pesos Veinticinco).
ART.30) Cuando se hubieren formalizado convenios de pago en cuotas, la primer cuota vencerá e! día 15 del mes posterior al de la suscripción del mencionado convenio y las posteriores los días 15 de los meses subsiguientes.
ART.40) El acogimiento a los beneficios de la presente, implica el pleno reconocimiento de la deuda que se regulariza y significa desistir de los recursos en las instancias administrativas y/o judiciales que se encuentren las causas, por el concepto y monto.
ART.50) El término de vigencia de esta moratoria será desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el 31 de marzo de 2.009.
ART.60} En los casos que se ingresen cuotas fuera de término serán de aplicación las normativas previstas en a Ordenanzas vigentes a la fecha de su efectivo pago. Cuando se encontraren vencidas 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) cuotas no consecutivas, se podrá dar por caduco el plan, la caducidad quedará declarada de pleno derecho, sin necesidad de declaración alguna, la misma producirá la pérdida de los beneficios que haya conferido la aplicación de la presente Ordenanza de regularización. Aprobado 4 noviembre del 2008

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